responsabilidad del armador por actos ilícitos del capitán
·
culpa náutica
·
los terceros no tienen acción directa contra el capitán
·
actos barateria del capitán y tripulación
""barateria es todo daño que pueda provenir de un hecho doloso
del capitán, en el cargamento o el buque,en perjuicio del armador o propietario.
también se entienden los hechos culposos"
hechos culposos
responsabilidad por daños al buque y a la carga
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delito y faltas cometidos por la tripulación
·
contravención a leyes reglamentos de aduana, policía,, sanidad
y navegación que impliquen perdidas multas
y confiscaciones
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mal uso de
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las facultades y falta en el cumplimiento de las obligaciones que
corresponden al capitán
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haber tomado derrota contraria a la que debía o variar rumbo sin justa
causa
tipos de faltas
·
faltas náuticas
son aquellas que se cometen en la conducción técnica del buque (
maniobra defectuosa, abordaje,en callamiento, etc.)
·
faltas comerciales
son aquellas que se producen en el ejercito de funciones representativas
del capitán como apoderado del armador en las relaciones contractuales con los
cargadores
ello conlleva tres funciones básicas a saber:
·
el gobierno de la nave: lo identifica como delegado de
la autoridad publica
·
la dirección de la nave : que involucra obligaciones de carácter técnico vinculadas con la gestión náutica
·
el manejo comercial de la nave: como represente del armador y en cuanto a
las personas interesadas en la
carga y el buque. es parte de la gestión
comercial
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